A ver si me pueden ayudar; por más que me concentro, no logro comprender este artículo, y no sé por qué:
EL CARÁCTER EPISTEMOLÓGICO DE LA DOGMÁTICA JURÍDICA
De entre todas las acepciones que tiene la ciencia jurídica hay una que comprende tan sólo a la dogmática jurídica y que viene ganando hasta el momento cierto sitial de consenso y popularidad.
Las múltiples denominaciones que recibe la dogmática jurídica (ciencia dogmática, sistemática jurídica, jurisprudencia, teoría del derecho positivo, entre otras) encuentran en la actualidad cierta estabilidad en las nomenclaturas "ciencia jurídica", o también llamada "ciencia del derecho".
La uniformidad formal de lo científico de la dogmática jurídica halla su complemento en el sustrato material de su objeto de estudio referido al derecho positivo. Y es que se define a la dogmática jurídica como la ciencia que versa sobre el sentido objetivo del Derecho positivo (1), a diferencia de la filosofía del derecho y de la política jurídica que tratan del valor del derecho y de los medios necesarios para la realización de ese valor, respectivamente.
Si bien su objeto de estudio le permite a la dogmática jurídica diferenciarse claramente de disciplinas jurídicas diversas, como las anteriormente mencionadas, la historia del derecho, el derecho comparado, la sociología y la psicología jurídicas, desde el lado de la epistemología hay un tema de conflicto sustancial que se refiere al carácter ultérrimo que asume la dogmática jurídica frente a posiciones contemporáneas que, de modo contestatario, afirman que la dogmática jurídica no pasa de ser una técnica en realidad.
Ante ello la voz de protesta de ciertos juristas se ha dejado escuchar, pues dado que el jurista estudia el sentido del hecho jurídico en un tiempo y espacio específicamente determinados, la dogmática jurídica le brinda al mismo su materia prima primordial: el derecho positivo de un determinado ordenamiento jurídico. En ese sentido, se reclama que la dogmática jurídica viene a ser la ciencia del jurista.
Sin embargo, la cuestión es asaltada por la conflictividad epistemológica expresada en la actividad realizada por el jurista universal imaginario, dentro de un actual paradigma científico que etiqueta a los diversos objetos y fenómenos de la realidad como científicos, pertenecientes a la esfera de la ciencia, con el fin de lograr cierto sitial y prestigio, con un implícito contenido de importancia y suma utilidad, correspondiente al asunto de las "cosas importantes" revestidas de la autoridad del conocimiento sistematizado, deductivo e hipotético de la ciencia. Y es que dicha actividad implica niveles de técnica o tecnología, concebida como instrumentalización del cuerpo teorético de la ciencia.
La crítica sobre el carácter de la dogmática es del todo legítima porque el derecho en su conjunto también es puesto bajo examen. La discusión sobre si el derecho es ciencia o técnica es lo suficientemente sostenida como para actualizar el debate, desplazando el objeto desde la totalidad jurídica hacia una parcela, como viene a ser la dogmática jurídica, atendiendo a las divisiones que actualmente se publicitan sobre los niveles de la ciencia del derecho (dogmática jurídica, derecho comparado, teoría general del derecho), sin descartar la complejidad que se desprende de la naturaleza tridimensional del derecho (norma, hecho y valor).
En consecuencia, resulta necesario esclarecer en nuestro estudio el carácter epistemológico de la dogmática jurídica frente a la discusión sobre su naturaleza técnica o científica, a través de la siguiente formulación:
¿ Cuál es el carácter que asume la dogmática jurídica frente a la discusión de su naturaleza científica o técnica?
jueves, mayo 18, 2006
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4 comentarios:
Me cae que no se entiende ni madre. Está bien difícil.
se les ve deliciosa la jurisprudencia, aunque la que tiene arena se esta tapando la dogmatica, lo reglamentario del caracter epistemologico es que tienen bien derechos y firmes los juridicos.
Viendo desde esta perspectiva "EL CARÁCTER EPISTEMOLÓGICO DE LA DOGMÁTICA JURÍDICA" tengo que confesar que se me amparó la pistola.
me doy cuenta que realmente nadie entiende la dogmatica juridica en las aulas de las facultades de derecho, esto solo se entiende en la praxis, tiene mucho que ver con relaciones humanas
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